CORPORATE COMPLIANCE: Cómo eximir a su empresa de Responsabilidad Penal2016-10-19
CORPORATE COMPLIANCE
CÓMO EXIMIR A SU EMPRESA DE RESPONSABILIDAD PENAL
Tras las últimas reformas del Código Penal, las propias empresas son susceptibles de ser condenadas por los delitos que sus administradores, empleados y representantes cometan en su seno. Dicha condena podrá consistir en sanciones económicas, inhabilitación para obtener ayudas y subvenciones, clausura de locales y otras penas, incluyendo incluso la intervención judicial o la disolución de la compañía.
Con la nueva normativa, las empresas únicamente van a poder eximirse de responsabilidad penal si tienen implantado de manera eficaz en su organización un MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS (también denominado PROGRAMA DE "COMPLIANCE”) que reúna los concretos y numerosos requisitos que se recogen en el nuevo Código Penal.
Estos sistemas contribuyen a minimizar de forma notable posibles RESPONSABILIDADES para los ADMINISTRADORES, contribuyendo al Buen Gobierno de la Organización.
A la vista de las nuevas obligaciones y del riesgo que implica su incumplimiento, es necesario iniciar, a la mayor brevedad y contando con el asesoramiento de especialistas, un proceso de evaluación de las implicaciones de esta norma, al objeto de:
- Conocer sus obligaciones legales y cómo afecta esta reforma a su empresa.
- Obtener formación específica en materia de ‘Corporate Compliance’.
- Identificar los riesgos penales de su organización según su ámbito y sector.
- Definir e implementar las medidas de prevención que exige la Ley, implantando un MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS idóneo y eficaz, que:
- Identificará las actividades en cuyo ámbito pueden ser cometidos los delitos.
- Habilitará protocolos internos en relación con la toma de decisiones.
- Configurará un sistema disciplinario y un canal de denuncia.
- Establecerá un sistema de evaluación periódica.
De esta forma, con el apoyo experto del Área Legal de OTEIC, conseguirá establecer los ‘cortafuegos’ necesarios para minimizar los riesgos a los que se expone su Compañía y sus administradores.
Si Vd. actúa con diligencia y elabora estos PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN DE DELITOS, su empresa podrá evitar las penas mencionadas anteriormente, el daño reputacional y el resto de graves consecuencias que un proceso de estas características podría suponer para su Organización.
Adicionalmente, quedamos a su disposición en el 943.316.869 o en oteic@oteic.com para cualquier cuestión relacionada.