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Conozca y cumpla con las nuevas exigencias para las empresas en Materia de Igualdad2020-10-19

El Consejo de  Ministros aprobó el martes 14 de octubre los Reales Decretos 901/2020 y 902/2020, relativos a los planes de igualdad y su registro, y a la igualdad retributiva entre mujeres y hombres respectivamente.

 

¿Qué implica para las empresas?

  •  Todas las empresas deberán tener un registro retributivo, de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos.
  • Las empresas de más de 50 trabajadores deberán incorporar una auditoria retributiva en sus planes de igualdad.
  • Las empresas deberán constituir una comisión negociadora del Plan de Igualdad conforme a las nuevas exigencias.
  • Los diagnósticos previos al Plan de Igualdad, deberán incluir las materias exigidas en la nueva regulación.

 

En OTEIC disponemos de mucha experiencia en la implantación y puesta en marcha de Planes de Igualdad, lo que nos permite abordar proyectos en toda su integridad, acompañándoles en los Procesos de Negociación, elaboración de Diagnósticos, Planes de Igualdad, diseño de Políticas Retributivas, Planes de Comunicación, así como sistemas de Mantenimiento sencillos y fáciles sobre esta materia, que permita en su caso una actualización temprana ante cualquier cambio legislativo.  

 

 

Estas medidas serán aplicables en el plazo de entre tres y seis meses, por lo que es importante tenerlo en cuenta en aquellas situaciones en que las empresas aún no hayan elaborado sus  Planes de Igualdad, y deban hacerlo en un futuro próximo, de conformidad con la Ley de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

 

Para ello, los Equipos de asesoramiento Legal y en materia de Gestión de Personas de OTEIC, estamos a su disposición sin ningún compromiso.

 

 

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